12 octubre 2010

Incompatibilidades: las leyes y los músicos uruguayos

El presente texto fue escrito el 20 de agosto de 2010, con la finalidad de ser publicado en un medio de prensa, pero al final esto no sucedió. Considero importante compartirlo con ustedes igualmente, en memoria a Beto Satragni que fue quien motivó mis letras y ahora andará en alguna capa de nube, tocando su bajo a las eternidades.


INCOMPATIBILIDADES: LAS LEYES Y LOS MÚSICOS URUGUAYOS

Hace un par de días, recibí un pedido de ayuda para un músico con el siguiente texto:
"El músico canario, Beto Satragni ha sido internado con serios problemas de salud.
Por esta razón, ni él, ni Silvina, su compañera, están pudiendo tocar, ni dar clases, lo cual les ha generado la imposibilidad de costearse los gastos que genera el tratamiento que Beto requiere y los del día a día.
Para ayudarlo, se abrió una cuenta en Abitab, nro 17264.
Gracias por difundir y por colaborar en la medida de sus posibilidades.
Si quieren conocer a Beto: http://www.myspace.com/satragni "

Beto es uno de los tantos músicos que a pesar de su larga y talentosa trayectoria y su aporte cultural a la música uruguaya, sufre las consecuencias de vivir en un país donde los hacedores de música envejecen en la pobreza, algunas veces indigencia, y cuyas leyes, que aparentemente buscan proteger al músico, parecen concentrarse solamente en el tema de los derechos de autor y la supuesta piratería que, según dicen, ataca al acervo musical uruguayo (aunque esa sería una discusión a parte en la que no profundizaré en este momento).

No es la primera vez que me llegan noticias de esta índole. El 9 de enero de 2009, uno de los grandes bateristas que dio a luz nuestro paisito, Gonzalo Ferrugia (Psiglo, Niquel, Por Sui Gieco, Crusis), se suicidó a consecuencia de lo que sus familiares y amigos cercanos indicaron como una profunda depresión.

Otro ejemplo que debe serles más familiar.
Andrés Echevarría publicaría en el suplemento de El País Cultural, el 13 de agosto de 2004:
"Mateo deambulaba por Montevideo como un indigente más en 1981; dormía en pensiones y circunstancialmente en la calle. Concurría una o dos veces por semana a mi casa donde alguna vez se quedó a dormir mientras las puertas se le cerraban a su divagante y genial poesía."

"Se movía por Montevideo, de pensión en pensión, con un par de bolsas de nylon de las que regalan en las tiendas; adentro llevaba muy poca ropa."
Si bien las razones de la indigencia de Eduardo Mateo pueden ser controversiales, dado su estado psicológico, sus amigos no pudieron contra la policía que dos por tres lo arrestaba y lo mandaba al Vilardebó.
Y no es necesario irnos tan atrás en el tiempo. Nuestro queridísimo Darnauchans, el Darno, vivió en condiciones de vergonzosa pobreza hasta que "le arrancó" al Ministerio de Educación, luego de años de lucha, el derecho a una pensión (que tampoco era tan cuantiosa y de la cual poco pudo disfrutar ya que se nos fue muy rápido).
Roberto Capablanca (uruguayo por adopción), que editó mas de 10 LPs en su época, hoy anda en los tablados vendiendo revistas.
La lista es interminable. Seguramente ustedes podrán encontrar más nombres en su memoria.

Ser músico en Uruguay es hoy en día, un acto de fé. De nada valen años de estudio de la música, de machacarle al instrumento, de romperse la cabeza componiendo, de dar conciertos en condiciones a veces muy por debajo de las necesarias para un buen desempeño artístico, de cantarle a los derechos humanos durante los gobiernos de facto, de ir de pueblo en pueblo, como lo hacen los músicos folcloristas que todavía tenemos, aunque en las ciudades no siempre son notados.
Cuando ya el cuerpo o la mente no rinden más, el músico uruguayo se encuentra aún, en pleno siglo dieci... humm... vientiuno, desamparado, sin apoyo médico, rara vez con apoyo legal, sin poder jubilarse de su actividad y recibir del estado una retiribución por su esfuerzo, sin leyes que protejan verdaderamente su música, puesto que es muy relativa la superviviencia de lo que haya grabado, si la disquera de turno decide no reeditar su trabajo.

¿Dónde está el apoyo del gobierno cuando el músico requiere un médico, licencia maternal, el derecho a jubilarse, asesoramiento jurídico para que x disquera no se quede con los derechos de sus canciones y las tire eventualmente a la basura o para que no los desalojen de sus casas por no poder pagar la deuda generada por haber sido internados?
Algunas organizaciones hacen lo que está en sus manos para ayudar al músico mientras está activo, como Ayuí-Tacuabé que edita los discos sin fines de lucro, el FONAM que da magros, pero agradecidos apoyos económicos para los nuevos proyectos. Me he enterado que AUDEM está haciendo esfuerzos muy acotados para ayudar al músico y su futuro, pero limitados por todo el set de leyes mal elaboradas, mal escritas y pésimamente ejecutadas de hoy en día. También el CUD, Sudei, FUDEM, el SODRE. Los pequeños esfuerzos sumados, han logrado que hoy, la cartelera de espectáculos de las noches uruguayas, tenga un sinnúmero de propuestas.
Sin embargo, lo que es preocupante es que esos apoyos no estarán en el futuro del artista, cuando la su vida útil está llegando a su fin. La mayoría de estos músicos optan por seguir tocando hasta que los encuentre la parca, o buscar trabajos alternativos en otros rubros para no sufrir hambre, y siempre y cuando su físico y estado de salud (más que nada mental) sea el apropiado.

Hoy en día, las discusiones se han focalizado en forma cuasi paranoica en los fenómenos de descarga cibernética, los derechos de autor y las disqueras, y la mal llamada piratería. Pero el futuro del músico y su trabajo van mucho más allá. Se trata de vivir con dignidad, y a su vez, morir dignamente.

Hace algunos años, recuerdo que se movilizó en el medio musical la idea de un proyecto de ley que permita a los músicos jubilarse de su actividad o algo similar. Entonces, la polémica radicaba en que estos músicos debían para ello tener un título, y en ese momento, ninguna de las escuelas de música en actividades proporcionaba tal título, pues no se enmarcaban dentro de la órbita de la UdelaR.
Luego, finalmente, quedó establecida una Escuela Universitaria de Música (EUM), con exámen de ingreso riguroso, y cede en Montevideo. Entonces, la discusión giró en torno a qué pasaría con los músicos del interior del país, los folcloristas, los tropicales, los payadores, los rockeros, que desarrollan su arte para los suyos, que son autodidactas en su gran mayoría, y tocan toda la vida en los bailes de los pueblos. O tal vez, ¿qué ocurriría con los artistas callejeros, que se ganan la vida tocando y por lo tanto, no podrían asistir a la EUM? ¿Qué pasaría con nuestros músicos de generaciones pasadas que no contaban con la existencia de una escuela universitaria? ¿Sería que ellos no tendrían entonces acceso a una jubilación?

En América del Sur, los distintos gobiernos han venido impulsando leyes concentradas en la protección y difusión de la música nacional. Así, por ejemplo, la Ley de la Música en Chile obliga a las radios a emitir un 20% de música nacional (algo que el presidente actual chileno vetó amargamente), un 50% en Venezuela y un 50% en Brasil. Nadie puede dudar de que estos esfuerzos pondrán su granito de arena en la difusión de la música local.

Un caso muy particular es el de Argentina, que tiene en su ley indicado que sus radios emitan no menos de un 30% de música nacional, y donde últimamente La Ley de Medios es uno de los temas de discusión más expandidos. Tapado por el nubarrón de cotroversias sobre las empresas multimedios monopolizadoras del aire, está la lucha de los propios músicos por definir una Ley de la Música, que abarque no sólo la difusión, protección de derechos de autor, sino las condiciones de trabajo del músico, su bienestar durante el desarrollo de su actividad, y cuando ya no la realice.
En mayo de 2005, Néstor Kirchner, entonces presidente, firma un decreto sobre la Ley 14597 del Ejecutante Musical, aprobada en 1958. La ley obligaba a "la matriculación con examen de idoneidad y a la creación de una Caja Recaudadora donde se depositarían los haberes, teniendo los músicos que pasar por el sindicato para cobrar todas sus actuaciones, con un costo anual y renovable, con fines recaudatorios. Obligaba a cualquier músico a ser miembro del sindicato y además se establecía la figura de Ejercicio ilegal del arte".
Luego de numerosos debates y convocatorias de los músicos, y una reunión en abril de 2006 con el presidente, se derogó el decreto antes mencionado y se logró finalmente comenzar con la creación de una nueva ley, elaborada por los propios músicos.
El Proyecto de la ahora llamada Ley Nacional de la Música en Argentina, se divide en dos partes. La primera, sobre las condiciones generales en las que se desarrolla la actividad musical (producción, difusión, distribución, ejecución en vivo de la música); la segunda, dirigida a mejorar las condiciones laborales del músico. Incluye además un artículo que protege al desarrollo independiente de la actividad musical.
Esta ley aún no se ha tratado específicamente en el congreso argentino aunque creen que se hará durante el 2010.

En nuestro país, los esfuerzos son parciales, insuficientes, y discriminatorios.
Tenemos en vigor desde hace un año, la Ley 18.384, llamada Estatuto del Artista y Oficios Conexos que amplía los beneficios en seguridad social para los artistas escénicos. Reconoce las horas de ensayo como jornales, y los cantantes, bailarines y actores podrán acceder a los beneficions del BPS (asignaciones familiares, seguro de paro, etc.). Para eso requieren: a) inscribirse en el Registro Nacional de Artistas que funciona en la órbita del Ministerio de Trabajo, b) tener un contrato de trabajo.
En la actualidad los únicos artistas en condiciones de ampararse bajo esta ley, son los egresados de la Escuela de Comedia Musical de Luis Trochón, los músicos de la Filarmónica y la Sinfónica de Montevideo y artistas del Sodre y los que tienen el privilegio de tocar en grandes escenarios uruguayos. Debemos considerar que más de un 70% de los músicos uruguayos, desarrolla sus actividades en boliches, bares, la calle o los medios de transporte, para lo cual no existen contratos ni contabilización oficial de horas de ensayo (ensayos para los cuales muchas bandas deben pagar un local si pretenden sonar bien).
Según esta ley, se reconocerá un año íntegro de trabajo cuando existan 150 días de actuación en el año o un mínimo de 4 contratos por año (con un máximo de tres meses entre uno y otro), y que por cada contrato perciba más de un salario mínimo nacional.
Los artistas que tienen la suerte de llegar a estos números o a estos contratos, serían los pocos que podrían ampararse bajo esta ley.
El Artículo 5 de la Ley habla sobre una Comisión Certificadora que llevará el Registro Nacional de Artista. Esto último me suena peligrosamente a una ley clonada de la de 1958 en Argentina aunque en términos más floridos.
En esta ley, sin embargo, sí se habla de jubilación, indicando que el monto de la jubilación dependerá del ingreso de cada artista y del cual se calcula un porcentaje jubilatorio (artista que debió cumplir con algunos de los requisitos antes mencionados para poder gozar de la misma).

Aunque no menosprecio la existencia de esta ley (algo es algo), sigue resultando un parche legal en la protección de los artistas, a presente y a futuro, un refugio temporal.

Me pregunto qué tendrían que hacer Beto Satragni y su compañera en este momento, para que esta ley lo contemple y no tuviese que pedir la colaboración de anónimos a través de una cuenta para poder recibir el tratamiento que requiere en su grave estado de salud.

A la espera de una ley INTEGRAL de protección del artista nacional, los dejo con esta reflexión y unas palabras de Juan Pedro López, payador uruguayo, que datan de 1922.

"Amo a mi patria también / amo a mi patria también, como debe amarla un hombre / aunque allí mi pobre nombre, nunca se ha mirado bien / no sé amargo desdén tiene allí todo cantor, que nunca, nunca un honor, le hace mi patria a sus bardos, / y van pues como bastardos, hijos sin padre ni amor." 



PD. Buen viaje, Beto! 

4 comentarios:

transmutacion dijo...

Hola Dharma!

Creo que la inquietud que representa el artículo es validísima y super correcta, pero que la interpretación de la ley no lo es tanto.

Para empezar, parto de la base de que nunca estuve en el registro, ni se como funciona en la realidad.

Lo que te voy a comentar es lo que interpreto yo de esa ley:

1) El art. 2 de la ley dice que sin importar si el artista está en relación de dependencia o no, se lo va a inscribir en el Registro. O sea, no importa si tiene contrato escrito o no, puede inscribirse en el Registro. -Lo cual no implica que sea gratis ni mucho menos, pero la posibilidad está-.

2) El art. 3 de la ley dice que es necesaria la inscripción en el registro para acceder a los beneficios de la ley, por lo que, como está en el punto 1, no es necesaria la relación de dependencia ni el contrato de trabajo escrito.

O sea, que en mi parecer, se podria aplicar el art. 9, aportando uno mismo los derechos sociales, y se regiría por el régimen de "Industria y Comercio". Pero eso habría que verlo como funciona en la realidad.

Ahora, voy a evitar todo el tema del contrato escrito de trabajo, porque eso ya lo analizaste tu. Voy a profundizar un poco en el tema del art. 2 cuando dice que sin importar si es dependiente o independiente, si son uno o varios, se rige bajo la órbita del MTSS y del BPS.

Supuestamente, si según el art. 10 queda historia laboral, la cual debe registrarse obligatoriamente en BPS, y el art. 2 ampara a los artistas independientes, cabria la posibilidad de un reclamo de jubilación inscribiendo las actividades independientes -después de todo el contrato de trabajo se entiende que no siempre es escrito, según el MTSS-.

No se, si alguien se anima va hasta BPS y averigua todo esto, capaz no se puede hacer algo con Beto pero si se puede prevenir que vuelva a ocurrir.

Saludos!
Saludos!!

Dharma dijo...

Gracias por el input. Es bueno tener datos que complementen y corrijan.
Me enteré hace poco que hay otra ley en vigor que obligará a partir del año que viene a todos los músicos a presentar factura en sus toques, incluyendo blichen y ainda mais. Sería bueno tener un poco más de información de eso también, ya que el año que viene empezarán las insécciones a cualquier boliche con música en vivo pidiendo las facturas, y no vale la fatura prestada. Tengo entendido que Audem las proporciona al hacerte socio. Voy a ver si averiguo más.

Saludos!!

Reuge dijo...

He pasado por aquí por casualidad, me gusta lo que escribis y mucho me gusta la música uruguaya, de dónde es mi famlia y de donde aprendí mucho sobre música.
Un saludo
www.reuge.blogspot.com

Dharma dijo...

Hola Reuge! Muchas gracias por el comentario. Últimamente no escribo tan seguido como antes, pero me alegra que a pesar de todo, sigan habiendo nuevos visitantes.

Hasta la próxima!

Dharma